El Gobierno cuenta con la opción de recurrir la decisión judicial y presentar una apelación ante tribunales de instancias superiores, con el objetivo de revertir el fallo que declaró la nulidad del protocolo.
El juez Martín Cormick, a cargo del Juzgado en lo Contencioso Administrativo N° 11, resolvió declarar inválido el denominado protocolo antipiquetes, implementado durante la gestión de Patricia Bullrich en el Ministerio de Seguridad para regular la actuación de las fuerzas frente a protestas y cortes de calles. La decisión se basó en una acción de amparo presentada por el Centro de Estudios Legales y Sociales, que cuestionó la medida por considerar que afectaba el ejercicio del derecho a la protesta.
En su resolución, el magistrado sostuvo que el Poder Ejecutivo no puede establecer disposiciones que vulneren derechos constitucionales esenciales como la libertad de expresión, de reunión y de petición a las autoridades. En ese sentido, remarcó que las manifestaciones sociales no pueden ser equiparadas automáticamente a delitos penales ni justificar una intervención represiva inmediata sin orden judicial, y reafirmó que la decisión de habilitar el uso de la fuerza pública debe quedar en manos de un juez y no de funcionarios administrativos o jefes policiales.
Cormick también objetó que el protocolo habilitara tareas de inteligencia sobre los manifestantes mediante registros fotográficos y fílmicos, al advertir que ese tipo de prácticas contradice la Ley de Inteligencia Nacional, que prohíbe recopilar información por motivos ideológicos o políticos. Además, señaló la falta de previsiones específicas para la protección de grupos vulnerables y exhortó al Ministerio de Seguridad a adecuar su accionar a la normativa procesal vigente. De todos modos, el Gobierno aún puede apelar el fallo ante instancias judiciales superiores.


