La Cámara de Diputados ratificó en líneas generales el texto que había sido aprobado previamente por el Senado, aunque introdujo una modificación puntual al eliminar el artículo referido a enfermedades y accidentes de trabajo, dejando sin efecto ese apartado dentro del proyecto final.

El proyecto de reforma laboral aprobado por la Cámara de Diputados introduce modificaciones profundas en la Ley de Contrato de Trabajo y en la normativa de asociaciones sindicales, además de establecer límites al derecho de huelga. Entre los cambios centrales figura la descentralización de la negociación colectiva, al priorizar los convenios por empresa por sobre los de ámbito mayor. También se elimina la ultraactividad plena de los convenios vencidos, que ya no mantendrán todos sus efectos hasta la firma de uno nuevo, sino únicamente las cláusulas vinculadas a condiciones laborales básicas.

En materia salarial, se habilita la incorporación de componentes retributivos adicionales —fijos o variables, transitorios o permanentes— mediante negociación colectiva o acuerdos individuales. Respecto de las indemnizaciones por despido sin causa, se mantiene el criterio de un mes de sueldo por año trabajado, tomando como base la mejor remuneración habitual del último año, aunque se excluyen conceptos no mensuales del cálculo. Asimismo, las sentencias judiciales podrán abonarse en cuotas ajustadas por inflación e interés, y se crea un Fondo de Asistencia Laboral financiado por aportes empresariales, con beneficios en contribuciones patronales. También se incorpora el sistema de banco de horas, nuevas reglas para vacaciones, posibilidad de pago en moneda extranjera y criterios actualizados para el cómputo de antigüedad.

En el plano sindical, se fija un tope del 2% a las cuotas solidarias, se regulan las asambleas en los lugares de trabajo y se establecen límites horarios para delegados gremiales. El derecho de huelga queda acotado al declararse determinadas actividades como esenciales o trascendentales, obligando a garantizar servicios mínimos. Se tipifican como faltas graves los bloqueos que afecten la libertad de trabajo y se elimina la responsabilidad solidaria de la empresa principal en la contratación de terceros. También se crean incentivos para nuevas contrataciones, un régimen especial de inversiones para PyMEs y se redefine la situación de los trabajadores de plataformas como prestadores independientes con cobertura de seguros.

El proyecto incluye además modificaciones tributarias y administrativas, como la eliminación de ciertos impuestos internos, exenciones específicas y el traspaso de la Justicia Nacional del Trabajo a la órbita de la Ciudad de Buenos Aires. Se postergan cambios en el financiamiento del INCAA, se deroga la ley de teletrabajo para reemplazarla por un esquema más flexible y se prevé la eliminación de estatutos profesionales específicos en el plazo de un año. Con este conjunto de medidas, el oficialismo busca transformar integralmente el marco laboral y productivo del país.