La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica negó que la Disposición 5461/2026 haya creado nuevos aranceles o eliminado exenciones. El organismo sostuvo que las tasas vigentes se mantienen sin cambios desde junio y explicó que la norma estableció un tope máximo para las alícuotas con el objetivo de corregir distorsiones en importaciones de gran volumen.
Según informó la ANMAT, la disposición fue publicada el 28 de agosto y comenzó a regir el 1° de septiembre. El organismo señaló que la medida no implicó un aumento de las tasas, sino que estableció un límite a los montos que pueden surgir de las alícuotas existentes para determinadas operaciones de comercio exterior, con el objetivo de brindar mayor previsibilidad a las empresas del sector.
La aclaración también indicó que el esquema arancelario de la ANMAT no contempla históricamente exenciones para los sujetos obligados al pago de tasas por operaciones de comercio exterior. Las tasas alcanzan a las importaciones de medicamentos y materias primas destinadas a la producción nacional, así como a determinados productos médicos de Clase 3 y 4, y son abonadas por personas jurídicas como laboratorios, empresas importadoras y droguerías.
En cuanto a las personas con discapacidad, el organismo sostuvo que quienes cuentan con Certificado Único de Discapacidad (CUD) no pagan estos aranceles ni deben realizar trámites comerciales de importación en forma individual. La ANMAT también rechazó que exista una relación entre el tope aplicado a las empresas importadoras y los trámites vinculados con pacientes con discapacidad, y afirmó que sus procesos y canales de atención funcionan con normalidad.


